Para abrir una autoescuela en España, se deberá disponer de:
ELEMENTOS PERSONALES MÍNIMOS
- Un titular que cuente con la debida autorización de apertura de la Escuela que se expedirá por la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio radique la Escuela. También deberá contar con la correspondiente licencia municipal para ejercer una actividad comercial.
- Un director en posesión del correspondiente Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores, debidamente autorizado para ejercer como tal.
- Un profesor en posesión del correspondiente Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial o de Profesor de Escuelas Particulares de Conductores, debidamente autorizado para ejercer como tal.
Importante: Los tres elementos anteriores pueden ser la misma persona.
ELEMENTOS MATERIALES MÍNIMOS
- Un local en el que pueda desarrollar sus actividades y que cumpla con los requisitos exigidos por la normativa vigente.
- Dependiendo de los permisos autorizados a impartir deberá contar con un terreno que permita realizar las prácticas de maniobras o destreza en circuito cerrado o disponer de autorización del municipio en que radique que le permita realizar las prácticas de maniobras o destreza en zonas urbanas.
- Al menos un vehículo de la categoría adecuada a cada clase de permiso o licencia de conducción para cuya enseñanza esté autorizada.
- Material didáctico necesario y adecuado para impartir la formación teórica conforme a los conocimientos y aptitudes exigidos por la normativa vigente. Es recomendable dejarse asesorar por una Editorial de Autoescuelas de confianza, como es Aeol, para el material didáctico del Centro de Formación Vial.
PAGO DE TASAS
- Se deberán pagar una serie de tasas como el alta de una autoescuela o el troquelado de las placas L de los vehículos.
Los Asesores Comercializados Especializados de AEOL te asesorarán tanto en la apertura como en el día a día de tu Autoescuela.
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