Cambios normativos que entrarán en vigor de forma inminente (al día siguiente de su publicación en el BOE):
- Se reduce de 21 a 18 años la edad mínima exigible para conducir camiones habiendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración; y la edad mínima para conducir autocares a 18 años, pero solo sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. Solo será a partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas cuando podrán llevar pasajeros.
- Se amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de los vehículos que se pueden conducir en TERRITORIO NACIONAL con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba al peso de sistemas de propulsión alternativos (baterías, etc.).
- Equipos de protección obligatorios para obtener el permiso de motocicleta.
- Estudio de casos individualizados para autorizar la obtención de permisos profesionales a personas con problemas en el aparato locomotor.
Cambios normativos que entrarán en vigor el 2 de Enero de 2021:
- Regulación de los patinetes:
- Queda prohibida su circulación por aceras y zonas peatonales.
- Cumplirán las mismas normas que el resto de vehículos (pruebas de alcoholemia, no utilización de auriculares, etc.).
- Prohibición de circular por vías interurbanas, travesías o túneles urbanos.
- Para poder circular, el patinete deberá disponer de un certificado de circulación que acredite que cumple con lo establecido en el manual de características que publicará la DGT en el BOE. ESTA NORMA ENTRARÁ EN VIGOR 24 MESES DESPUÉS.
Cambios normativos que entrarán en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE:
- Reducción de la velocidad máxima en poblado en función del tipo de vía:
- en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h.
- en las vías de un único carril por sentido de circulación, 30 km/h.
- en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, seguirá siendo de 50 km/h.
Los siguientes cambios normativos pertenecen a un anteproyecto de ley que se ha aprobado en Consejo de Ministros, pero esto NO ENTRA EN VIGOR. Primero se tiene que aprobar en el Congreso de los Diputados dicha ley que modificará la Ley de tráfico.
- Retirada de 6 puntos de carnet por llevar el móvil en la mano (se entiende también su utilización).
- Retirada de 4 puntos por cinturón de seguridad, SRI, casco.
- Supresión de rebasar en +20 km/h para los turismos y motocicletas en adelantamientos.
- Recuperación de 2 puntos por cursos de conducción segura.