Indemnizaciones compra de vehículos

Esta información puede interesarle para la INDEMNIZACIÓN COMPRA DE VEHÍCULOS de las Autoescuelas comprados entre 2006 y 2013.

Las marcas de coches han sido condenadas por pactar de manera ilegal los precios de venta de los coches, en perjuicio de los consumidores. Quienes pueden ahora reclamar la devolución del dinero pagado de más. Una cuantía que puede llegar a suponer entre un 10 y un 15% del importe pagado por el vehículo, y que pueden reclamarse hasta un año después de la sentencia que afecta a cada marca/distribuidor.

Así en algunas marcas el citado plazo todavía no está totalmente determinado, no obstante se estima que lo más prudente es que se remita la documentación en la mayor brevedad posible a los efectos de que podamos estudiarla.

En su consecuencia, resulta fundamental presentar cuanto antes una reclamación para paralizar los plazos de prescripción que son diferentes en cada marca/distribuidor, según la fecha en que se produjo la sentencia condenatoria para cada una.

INDEMNIZACIÓN COMPRA DE VEHÍCULOS

INDEMNIZACIÓN COMPRA DE VEHÍCULOS

CONDICIONES ECONÓMICAS DEPARTAMENTO JURÍDICO AEOL

  • RECLAMACIONES CON INDEMNIZACIÓN SUPERIOR A 2.000 EUROS.

En estos supuestos las costas del procedimiento quedarán para los profesionales debiendo abonar el cliente un 10% del principal obtenido.

  • RECLAMACIONES CON INDEMNIZACIÓN INFERIOR A 2.000 EUROS.

En  estos supuestos el coste será del 50% de la cantidad obtenida.

En todos los asuntos para cuantificar la cantidad a reclamar se requiere una pericial económico-contable cuyo coste queda incluido en las condiciones anteriores.

Todos los clientes deberán firmar la correspondiente hoja de encargo. Si con posterioridad a su firma el cliente decide no continuar con las actuaciones, deberá abonar los honorarios correspondientes al abogado de conformidad con las del Baremo de Honorarios Profesionales del ICAV o subsidiariamente del Colegio Profesional correspondiente. Además, será de su cargo la nota del Procurador que haya intervenido conforme los aranceles aprobados legalmente así como el importe de la prueba pericial contable.

El Departamento Jurídico va a éxito, en caso de no recibir indemnización, no generaría coste para la Autoescuela.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA GENERALIZADA

  • Factura compra vehículo.
  • Ficha técnica vehículo.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Persona de contacto, nº de teléfono y correo electrónico. Si el cliente es una sociedad mercantil escritura de constitución y si ha habido variaciones y cambios del legal representante, escrituras de las modificaciones.
  • Contrato de compraventa, leasing, renting del vehículo.
  • Justificante de pago del vehículo.
  • Póliza en caso de leasing o renting.

 

Si está interesado en que le gestionemos la reclamación puede ponerse en contacto con su comercial,  por teléfono en el 963111622  o por mail a [email protected] y desde nuestro Departamento Jurídico nos pondremos en contacto con usted.

Además de coches de Autoescuela también le podemos gestionar los vehículos particulares.

Gracias.